quinta-feira, 20 de janeiro de 2011

Una andinista rescatada en un cerro sanjuanino deberá pagar 30 mil pesos por el operativo

San Juan.- Una andinista porteña que fue rescatada en el cerro Mercedario, donde estuvo extraviada dos días, tendrá que pagar más de 30 mil pesos al Estado sanjuanino por el operativo de rescate, que incluyó el uso de un helicóptero, de acuerdo a la nueva ley provincial de Turismo de Aventura.

De este modo, María Gabriela Bogado, de 42 años, se convertirá en la primera montañista que abone por el servicio desde que se reglamentó en diciembre la norma, implementada tras la muerte del andinista porteño Javier Paduzcec en la misma montaña, de más de 5 mil metros de altura.

El gobernador, José Luis Gioja, dijo hoy que “hubo una emergencia, se salvó una vida, el tema del pago y no pago lo vamos a resolver”.

“La ley está vigente, los detalles si paga o no es secundario, lo significativo es que María está con nosotros”, sostuvo Gioja, kirchnerista, en una conferencia de prensa.

El mandatario insistió en que “lo importante fue salvar una vida, y no si se pagó o no el rescate”.

En ese marco, sostuvo que “lo que tenemos que hacer es seguir promoviendo la actividad, el andinismo, y aprovechar que tenemos este importante pico de la cordillera en nuestra provincia”.

Por su parte, la andinista Bogado dijo que tras extraviarse en el cerro hace una semana recordaba haber sido hallada por “unos chicos” que la “llevaron al hospital”.

“No sé cómo dar las gracias a San Juan, el tema del pago, lo hablaremos”, añadió la escaladora.

La mujer estuvo dos días perdida en el cerro Mercedario y el domingo fue localizada en la zona de La Olla, a unos 5 mil metros de ese macizo andino.

Fuentes locales señalaron que el cálculo de los 30 mil pesos que tendría que pagar la mujer se basa en el uso del helicóptero de la provincia que se utilizó para rescatarla, de acuerdo a lo normado en la nueva ley de turismo de aventura.

En ese operativo también participaron personal de Gendarmería nacional, diez mulas y tres vehículos.

La norma, reglamentada el 28 de diciembre de 2010, establece que un montañista debe contar con un seguro por accidentes de este tipo para cubrir los costos del operativo de rescate y, en caso de no tenerlo, los gastos correrán por cuenta de la víctima o su familia.

La ley se enmarca en preceptos adoptados en varias provincias y países con actividades de alta montaña, que exigen certificados médicos, antecedentes deportivos, seguros individuales, de responsabilidad civil, asistencia y hasta repatriamiento para la práctica de deportes extremos por el riesgo que conllevan. (DyN)

Fuente: http://www.lacapital.com.ar/
Por: M.Marques
milton@mxb.com.br

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